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Pedir tarifa y plazo

Plataforma de debida diligencia de contrapartes para SAGRILAFT y PTEE.

Firme su contrato de manera ágil y no ponga en jaque su patrimonio.

Verificamos su contraparte en un catálogo de 44 fuentes. Le entregamos cada resultado y un concepto jurídico de viabilidad contractual.

Catálogo al 23-09-2026
44 fuentes
Consulta
Individual, por lote o API
Concepto jurídico
Viabilidad contractual
Plazo Capítulo IX
243 días para ajustarse
  • ONU · Consejo de Seguridad
  • OFAC SDN
  • Unión Europea
  • Reino Unido · OFSI
  • Procuraduría
  • Contraloría
  • Policía Nacional
  • Rama Judicial
  • Registraduría
  • SIRI
  • INPEC
  • SECOP
  • Canadá
  • Suiza · SECO
  • Francia · DG Trésor
  • Australia · DFAT
  • Sudáfrica · FIC
  • Banco Mundial
  • Interpol
  • FBI
  • DEA
  • COPNIA
  • ReTHUS
  • SIRNA
  • PEP internacional
  • Prensa nacional e internacional

I Lo que está en juego

El negocio puede parecer bueno. El riesgo, no verse.

Una contraparte que no conoce. Una cláusula que no revisó. Un control que dejó para después. El costo puede ir mucho más allá de ese contrato.

Pedir tarifa y plazo
  1. Su patrimonio

    Bienes vinculados a causales legales pueden ser objeto de extinción de dominio. Revisar la operación, la contraparte y el origen de los recursos ayuda a identificar exposición antes de comprometer activos.

  2. Su situación jurídica

    Operaciones vinculadas a actividades ilícitas pueden dar lugar a investigaciones penales. La responsabilidad depende de los hechos y de la ley; conocer y documentar su operación importa.

  3. Sus oportunidades de negocio

    Alertas sin aclarar o documentación insuficiente pueden retrasar o impedir una vinculación, según los criterios de bancos, clientes y aliados. Llegue preparado a sus verificaciones.

  4. Su caja y su tiempo

    Cláusulas desfavorables, incumplimientos y verificaciones repetidas consumen recursos. Revisar antes permite detectar problemas cuando todavía puede negociar condiciones.

Prevenir es reducir exposición, no garantizar riesgo cero. SAGRILAFT aplica a las empresas obligadas; su incumplimiento no implica automáticamente inclusión en listas, responsabilidad penal ni extinción de dominio. SAGRILAFT (se abre en una pestaña nueva) · Ley 1708 de 2014 (se abre en una pestaña nueva).

Anticiparse también vende.

Quien ve la jugada a tiempo cierra antes. La debida diligencia deja de ser el trámite de último minuto y pasa a ser el paso que sostiene la venta.

  1. 01 · ConsultarUna consulta, no un portal tras otro.

    Un solo pedido cubre las fuentes que aplican a esa consulta. Su área comercial no revisa fuente por fuente; donde un portal exige captcha, interviene una persona de nuestro equipo. Pídala en la plataforma, en lotes de hasta 100 contrapartes, o conéctela por API.

  2. 02 · DecidirDecisiones que puede explicar.

    Cada respuesta queda con su hora de corte y la evidencia disponible. Si el banco, el revisor fiscal o un aliado preguntan qué se consultó y cuándo, el registro ya existe.

  3. 03 · Volver a consultarLa verificación no termina en la firma.

    Las listas cambian. Cuando vuelva a consultar a una contraparte, el nuevo informe sale con su propia hora de corte y el anterior sigue en su expediente.

Las reglas cambiaron el 2 de julio de 2026.

La Circular Externa 100-000020 de la Superintendencia de Sociedades unificó SAGRILAFT y PTEE en un solo sistema: el Capítulo IX de la Circular Básica Jurídica, «Sistema de Autocontrol y Gestión de Riesgos LA/FT/FP y C/ST».

243días para ajustar su sistema al Capítulo IX Plazo ·

  1. Circulares 100-000016 y 100-000011SAGRILAFT (Cap. X) y PTEE (Cap. XIII).Derogadas
  2. Circular 100-000020Capítulo IX: un solo sistema LA/FT/FP y C/ST.Vigente
  3. Fin de la transiciónSistemas ajustados al Capítulo IX.Plazo
  1. Un solo sistema

    Lavado de activos, financiación del terrorismo y de la proliferación, corrupción y soborno transnacional: todo se gestiona ahora en un mismo cuerpo normativo.

  2. Lo vigente vale, por ahora

    Durante la transición, los sistemas y programas ya implementados se entienden válidos para efectos del cumplimiento normativo.

  3. La contraparte, documentada

    El Capítulo IX define la debida diligencia y la debida diligencia intensificada para contrapartes de alto riesgo. Hacerla es parte del cumplimiento; documentarla permite demostrar que se hizo.

Fuente: Superintendencia de Sociedades, Circular Externa 100-000020 del 2 de julio de 2026, Capítulo IX, numerales 9.15, 9.17 y 9.29.

Diagnosticar mi sistema frente al Capítulo IX

III La medición

Una consulta. Hasta 44 fuentes. Tres respuestas posibles.

Cada fuente se lee por capas, de la identidad a la exposición pública. Lo que una capa no puede afirmar no se da por cierto en la siguiente. Catálogo al 23-09-2026.

Tres estados, no dos.

  • Con coincidencia

    La fuente devolvió un registro. Antes de atribuirlo, se valida la identidad con el documento.

  • Sin coincidencia

    La fuente respondió y no hay registro para ese documento a la fecha y hora de corte.

  • Sin verificar

    La fuente no respondió, exigió intervención humana o fue ambigua. Se declara, y nunca se cuenta como limpia.

Mientras una sola fuente quede sin verificar, el informe no afirma un resultado limpio.

Una coincidencia de nombre no es una persona.

El cotejo tolera diferencias de escritura, no cambios de identidad. Una coincidencia solo por nombre queda como posible hasta validar el documento: presunción de inocencia, aplicada al dato.

González frente a Gonzales

Variación de escritura · se coteja

Juan frente a Juana

Nombre distinto · no se atribuye sin validar

Saltar la demostración
  1. 01 / 05

    Identidad y estado

    Quién es, según los registros oficiales. Sin identidad resuelta no se atribuye nada.

    • Registraduría
    • Migración Colombia
    • RUNT
    • SIMIT
    • SNIES
    • SENA
  2. 02 / 05

    Listas vinculantes y sanciones

    Listas vinculantes para Colombia y listas internacionales de referencia, según la definición del Capítulo IX.

    • ONU
    • OFAC SDN
    • OFAC Non-SDN
    • Unión Europea
    • Reino Unido
    • Canadá
    • Suiza
    • Francia
    • Australia
    • Sudáfrica
    • US CSL
    • Banco Mundial
  3. 03 / 05

    Antecedentes y control

    Disciplinarios, fiscales, judiciales, penitenciarios y de contratación pública. El registro de la Ley 1918 solo se consulta para cargos con relación directa y habitual con menores, con autorización previa, expresa y escrita del aspirante.

    • Procuraduría
    • SIRI
    • Contraloría
    • Policía Nacional
    • Rama Judicial
    • INPEC
    • RNMC
    • Ley 1918 · cargos con menores
    • SECOP
    • SIGEP
    • PACO
  4. 04 / 05

    Registros profesionales

    Si la contraparte ejerce una profesión regulada: su matrícula y sus sanciones.

    • COPNIA
    • CPAE
    • CPNAA
    • COLPSIC
    • CNDJ
    • SIRNA
    • ReTHUS
  5. 05 / 05

    Exposición pública

    Prensa, personas expuestas políticamente y listas de buscados. Contexto, nunca condena. NSOPW solo aplica a cargos con menores.

    • Prensa y web
    • PEP internacional
    • Interpol
    • FBI
    • DEA
    • NSOPW · cargos con menores
    • Buscados internacionales
    • Órdenes de captura

Varias listas. Un informe. Un concepto jurídico.

  1. 01Informe

    El resultado de cada lista.

    Qué respondió cada lista consultada sobre su contraparte, con la hora de corte de la consulta.

  2. 02Concepto jurídico

    Si conviene contratar, y en qué condiciones.

    Un abogado analiza esos resultados y emite su opinión profesional sobre la viabilidad de contratar con esa contraparte.

Pida el informe y el concepto de su próxima contraparte.

Pedir tarifa y plazo

El informe documenta qué respondió cada lista y cuándo; el concepto es una opinión profesional. Ninguno certifica, garantiza ni exonera: la decisión de contratar es suya.

Verifique como vende.

Consultas individuales y por lote, con el mismo criterio de cotejo y el mismo informe. El plazo de cada modalidad queda por escrito en la propuesta, para que su área comercial planee con él.

Recorrido ilustrativo con datos demostrativos: una consulta, las 42 fuentes aplicables a su finalidad leídas en tres estados y la calificación de la consulta.
  • API

    Una llamada inicia la consulta; con su identificador, las siguientes dan el estado, el informe en PDF y la evidencia disponible.

  • Lotes

    Hasta 100 contrapartes por llamada —clientes, proveedores o empleados— y un informe por cada una.

  • Historial

    Las listas cambian. Vuelva a consultar a una contraparte cuando lo necesite y conserve el historial de cada una.

  • Exportación

    Informe en PDF, paquete con anexos y tabla de resultados para su expediente.

api.nomasriesgos · v1
POST /api/v1/consulta
Authorization: Bearer nmr_…
{
  "document_type": "CC",
  "document_number": "0000000001",
  "finalidad": "Vinculación de proveedor"
}
→ 200 · { "task_id": "c0f1…", "status": "pending" }
POST /api/v1/consulta/lote
Authorization: Bearer nmr_…
{ "subjects": [
  { "document_type": "CC", "document_number": "0000000001", … },
  { "document_type": "CC", "document_number": "0000000002", … },
  …
] }  // de 1 a 100
→ 200 · { "accepted": 2, "task_ids": [ … ] }
GET  /api/v1/consulta/{task_id}
Authorization: Bearer nmr_…
→ 200 · { "task_id": "c0f1…", "status": "completed", "total_sources": 42 }

GET  /api/v1/consulta/{task_id}/reporte
→ 200 · application/pdf

Solicitud y respuesta abreviadas, con datos demostrativos (el número de documento es de ejemplo). La clave de cliente va en cada llamada.

  1. 01 Le habilitamos una clave para su empresa.
  2. 02 Su sistema envía el documento y la finalidad.
  3. 03 Su sistema consulta el estado y descarga el informe en PDF.

La plataforma se licencia bajo contrato y se habilita por invitación. Le mostramos el flujo con datos de demostración; sus casos reales, con la finalidad declarada.

Solicitar licencia de la plataforma

El software mide. El criterio lo aplicamos con usted.

Dos formas de trabajar con nosotros: licencie la aplicación y úsela con su equipo, o encargue el servicio de compliance al nuestro.

Licencia y uso de la aplicación

La plataforma que mide, licenciada para que su equipo consulte cuando lo necesite. Se habilita bajo contrato, con la clave de su empresa.

  1. Licencia de la plataformaConsultas individuales y por lote, API, historial y exportación, con el mismo criterio de cotejo y el mismo informe.Para Cumplimiento, compras y tecnologíaEntregable Acceso y clave de su empresa

Lo que nos preguntan antes de empezar.

  1. ¿Verificar no retrasa las ventas?

    No, si se hace antes. Usted hace un solo pedido y nosotros cubrimos las fuentes que aplican a esa contraparte y a su finalidad. Una alerta que aparece antes de firmar se revisa antes de comprometerse; después, se atiende con el contrato en marcha.

  2. ¿Qué cambió con la Circular Externa 100-000020 de 2026?

    Unificó SAGRILAFT y PTEE en el Capítulo IX de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia de Sociedades y derogó, entre otras, las circulares 100-000016 de 2020 y 100-000011 de 2021. Las empresas obligadas tienen hasta el 31 de mayo de 2027 para ajustar su sistema; mientras tanto, los sistemas y programas implementados se entenderán válidos (numeral 9.29).

  3. ¿Mi empresa está obligada?

    Depende de los criterios del Capítulo IX: sector, ingresos, activos y otras condiciones que fija la Superintendencia de Sociedades, que también prevé un régimen de medidas mínimas. Revisamos su caso contra esos criterios antes de proponer cualquier trabajo.

  4. ¿Qué fuentes consultan?

    Las de un catálogo de 44 fuentes, según la matriz de cobertura al 23-09-2026; en cada consulta, solo las que aplican al tipo de documento y a la finalidad. Incluye listas de sanciones (ONU, OFAC, Unión Europea, Reino Unido), antecedentes y control en Colombia (Procuraduría, Contraloría, Policía, Rama Judicial), registros profesionales, personas expuestas políticamente y prensa.

  5. ¿Cuánto se demora un informe?

    Lo que diga la propuesta: el plazo de cada informe queda por escrito. Las listas internacionales se consultan en automático; varios portales oficiales colombianos exigen una verificación humana, y en esas consultas interviene una persona de nuestro equipo. Si una fuente no responde dentro del plazo, el informe la declara «sin verificar».

  6. ¿Cuánto cuesta?

    Depende de las fuentes que exija la finalidad y del volumen mensual de contrapartes. La tarifa va por escrito en la propuesta.

  7. ¿Qué pasa si no ajusto mi sistema antes del 31 de mayo de 2027?

    Desde esa fecha el Capítulo IX es plenamente exigible: su incumplimiento puede traer investigaciones y multas en UVB (unidades de valor básico) para la empresa, sus administradores, el oficial de cumplimiento y el revisor fiscal (numeral 9.27; Ley 222 de 1995, artículo 86; Ley 2294 de 2023, artículo 313). Mientras tanto, la Superintendencia puede supervisar su sistema actual (numeral 9.31).

  8. ¿Qué significa «sin verificar»?

    Que la fuente no respondió, exigió intervención humana o devolvió una respuesta ambigua. El informe lo declara y no lo cuenta como resultado limpio: mientras una sola fuente quede sin verificar, no afirma riesgo bajo.

  9. ¿Una coincidencia en una lista significa que la persona tiene antecedentes?

    No. Una coincidencia abre una revisión; no prueba un hecho. Las coincidencias solo por nombre quedan como posibles hasta validar la identidad con el documento.

  10. ¿El informe y el concepto reemplazan la decisión del oficial de cumplimiento?

    No. El informe reporta qué respondió cada lista y cuándo; el concepto jurídico es la opinión profesional de un abogado sobre la viabilidad de contratar con esa contraparte. La decisión de contratar corresponde a su empresa y al responsable del cumplimiento.

  11. ¿Tienen API?

    Sí: por consulta individual o por lotes de hasta 100 contrapartes, con la clave de su empresa en cada llamada. La plataforma se licencia bajo contrato y se habilita por invitación.

  12. ¿Puedo usar la plataforma yo mismo o la operan ustedes?

    Las dos cosas. Puede licenciar la plataforma y consultar con su equipo, o encargarnos el servicio de compliance: nosotros consultamos, revisamos los resultados y un abogado emite el concepto. Sirve a comerciantes y a empresas de cualquier sector.

  13. ¿Cómo tratan los datos personales?

    Conforme a la Ley 1581 de 2012: cada consulta queda registrada con su finalidad, que define su alcance; la evidencia que obtenemos se conserva con su huella SHA-256 y el informe es de uso exclusivo del cliente. Si usted fue consultado, puede conocer, actualizar, rectificar o pedir la supresión de sus datos, como explica la Política de privacidad.

VI Su decisión

Crezca sin firmar a ciegas.

Cuéntenos qué necesita. Esto es lo que pasa después:

  1. 01 Leemos su solicitud. Si falta un dato, se lo preguntamos por escrito.
  2. 02 Revisamos la finalidad, el volumen y las fuentes que aplican a su caso.
  3. 03 Le respondemos por escrito con alcance, plazo y tarifa. Si no podemos ayudarle, se lo decimos.

También puede escribirnos a hola@nomasriesgos.com

Pida tarifa y plazo

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